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abril 4th, 2016Acuerdo Salarialadmin 0 Comentarios

Compañero empleado de comercio, recuerde que en éste mes de abril de 2016 usted debe ser gratificado con la suma no remunerativa ya pactada en el acuerdo salarial correspondiente.

Dicha gratificación se liquidará bajo la denominación «Gratificación Extraordinaria Acuerdo 2016» o similar, y se abonará en dos cuotas iguales:

  • $ 1.000 que se pagarán del 1º al 7 de abril de 2016

  • $ 1.000 que se pagarán del 1° a 7 del junio de 2016

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